miércoles, 30 de mayo de 2012

Ecologistas en Acción presentará recurso contra Marina de Aguamarga


















Ecologistas en Acción Almería lamenta el fallo del TSJA, declara urbanizable la finca “Marina de Agua Amarga” en el Parque Natural de Cabo de Gata

La finca está declarada como no urbanizable por sentencia firme del Tribunal Supremo de fecha 12 de diciembre de 2007

La Junta de Andalucía ha inducido a error al TSJA al ocultarle la existencia de la sentencia del Supremo


Ecologistas en Acción Almería , rechaza rotundamente el fallo del alto tribunal de Andalucia donde legaliza la urbanización de Marina de Agua Amarga una mole de cemento en pleno corazón del Parque Natural de Cabo de Gata-Níjar. Siempre hemos mostrado nuestra oposición frontal a este proyecto.

La finca Marina de Agua Amarga fue declarada urbanizable en las Normas Subsidiarias de Níjar de 1996 pero la DIA, Declaración de Impacto Ambiental de esa Normas Subsidiarias publicadas en el BOP de Almería de fecha 17 de mayo de 1996, anuló la clasificación de los terrenos como urbanizables y los clasificó como protegidos.

El Ayuntamiento de Níjar recurrió al Tribunal Supremo esta decisión de la DIA de declarar espacio protegido a Marina de Agua Amarga y el Tribunal Supremo ratificó que esa finca es espacio protegido no urbanizable.

Cuando se sometió a exposición pública, en 2005, la primera versión del PORN, Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de Cabo de Gata, la finca apareció como urbanizable, pero al publicarse la sentencia del Tribunal Supremo de diciembre de 2007, se modificó la clasificación de los terrenos y se los clasificó como no urbanizables en el PORN definitivo, publicado en 2008.

El promotor de Marina de Agua Amarga recurrió al TSJA el PORN de 2008 y ahora el TSJA le ha dado la razón basado en hechos erróneos.

En efecto, el TSJA basa su sentencia en que la finca está clasificada como urbanizable en el planeamiento urbanístico de Níjar, lo cual no es cierto porque en 2007 el Tribunal Supremo anuló esa clasificación.

El TSJA basa también su sentencia en el hecho erróneo de que no sucedió ningún hecho importante entre 2005, cuando la finca era urbanizable, y el 2008 donde aparece cono no urbanizable en el PORN, que justifique el cambio de clasificación de los terrenos, lo cual tampoco es cierto puesto que entre el 2005 y el 2008 se produjo la sentencia del Tribunal Supremo de diciembre de 2007 que clasificó los terrenos como protegidos, motivo por el cual fueron incluidos como protegidos en el PORN de 2008, en cumplimiento de esa sentencia.

Lo grave de la cuestión es que la Junta de Andalucía y por supuesto el promotor, han ocultado al TSJA la existencia de la sentencia firme del Tribunal Supremo de fecha 12 de diciembre de 2007 que clasifica los terrenos como no urbanizables.

Si la Junta de Andalucía en este pleito, como en tantos otros, no hubiese ocultado datos fundamentales al TSJA, es impensable que se hubiese producido una sentencia como esta, basada en hechos erróneos.

Exigimos que la Junta de Andalucía explique públicamente los motivos por los que en este pleito ha ocultado al TSJA la sentencia del Tribunal Supremo de fecha 12 de diciembre de 2007 declarando como no urbanizables los terrenos que ahora declara urbanizables el TSJA ignorando que no lo son, por decisión de un tribunal superior.

Desde Ecologistas en Acción Almería ya anunciamos que se presentará un recurso de casación contra la sentencia ante el Tribunal Supremo.

Ecologistas en Acción Almería

martes, 29 de mayo de 2012

Marcha para un Plan de Movilidad para el Parque

Marcha el sábado 2 de Junio a las 10.30h. en San José para reinvidicar un Plan de Movilidad para el Parque Natural de Cabo de Gata-Níjar.

Coches en el Playazo © AP













La Plataforma en Defensa del Parque Natural de Cabo de Gata-Níjar convoca su segunda actividad lúdico-reivindicativa  por motivo del 25 Aniversario de su catalogación, para reclamar mejoras en su gestión y protección.

El próximo Sábado 2 de Junio haremos una actividad para reclamar un plan de Movilidad para el espacio natural de Cabo de Gata-Níjar para solucionar los problemas de tráfico rodado, congestión en meses de verano y falta de transporte publico. Haremos una pequeña marcha a pie y vehículos no motorizados (bicicletas y caballos) por el sendero que discurre desde la Salida de San José hasta los antiguos aparcamiento del Playa de los Genoveses. Quedaremos a las 10.30 en la plaza Génova en San José (plaza principal) para salir hacia el inicio del camino.

Esta actividad tiene como objetivo reclamar a las administraciones locales  y autonómica que acometan el plan de movilidad cumpliendo con las resoluciones aprobadas en la Junta Rectora de Cabo de Gata-Níjar y sensibilizar a la ciudadanía que no utilicen de forma masiva el transporte privado para acceder a las playas y parajes del Parque Natural.

Queremos reclamar una mayor sensibilidad ambiental  y social a las  administraciones públicas para solucionar los problemas de movilidad lo que  mejoraría la oferta turística y la protección natural del entorno del Parque Natural de Cabo de Gata-Níjar.

Esperamos vuestra participación.

Plataforma en Defensa del Parque Natural de Cabo de Gata-Nijar

Organizaciones que componen dicha convocatoria:
Asociación de Amigos del Parque Natural de Cabo de Gata-Níjar
Ecologistas en Acción Almería
Asociación de Amigos de la Alcazaba

GEM
IU
EQUO

sábado, 19 de mayo de 2012

Vallado en el aparcamiento ilegal de San Pedro

Ecologistas piden al alcalde de Níjar que se abstenga de autorizar el vallado en el  aparcamiento ilegal de la Cala de San Pedro

Ecologistas en Acción Almería y Asociación de Amigos del Parque Natural de Cabo de Gata-Níjar, ha remitido el siguiente escrito dirigido al Ayuntamiento de Níjar y Delegación Provincial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente para pedirle que se abstengan de autorizar la licencia de obras para el vallado del aparcamiento ilegal en la Cala de San Pedro. El contenido del escrito es el siguiente:

Hemos tenido constancia por las declaraciones realizadas por el primer edil del Ayuntamiento de Níjar y anuncios en los principales de comunicación que el propietario de la Cala de San Pedro ha realizado las tramitaciones oportunas para solicitar licencia de vallado del perímetro donde se encuentra el aparcamiento ilegal realizado en el antiguo sendero de la Cala de San Pedro

Conforme al PORN de 2008, se establece como zona B1 los terrenos donde se encuentra dicha actuación ilegal, la normativa ambiental aplicable no permite el cambio de uso de suelo . Entendemos que la autorización de un aparcamiento en una zona de especial protección ambiental es una modificación en los usos del suelo, por lo tanto estaría totalmente expresamente prohibido en el PORN. También recordamos al Ayuntamiento de Nijar que la Audiencia Provincial esta pendiente de revisar el recurso de  apelación interpuesto por la Fiscalía Provincial de Medio Ambiente en la instrucción sobre las actuaciones ilegales producidas por el propietario el verano pasado cuando procedió a abrir un camino, sin ninguna licencia ni autorización ambiental.

También tenemos constancia que el Ayuntamiento de Níjar ha instando al propietario a que acabe con la usurpación ilegal producida en el camino de San Pedro, por entender que el Camino es de titularidad Publica.

Entendemos que el Ayuntamiento de Níjar debería abstenerse de autorizar ningún vallado en una zona de especial protección donde se produciría un cambio  de uso de suelo, lo que iría en contra de las previsiones establecidas en el PORN de 2008. Entendemos que el aparcamiento es una modificación en el uso  del suelo, según lo establecido en la Jurisprudencia del TSJA donde  considera que el aparcamiento  es una actuación urbanística y su construcción sin licencia puede ser objetivo de un delito contra la ordenación del territorio, cuando se produce en suelo no urbanizable de especial protección.
SOLICITAMOS:
Sea presentando este escrito en tiempo y forma y se denegada la licencia de obras para construir un vallado en el aparcamiento ilegal realizado en el antiguo sendero de la Cala de San Pedro, por ser una modificación en el uso del suelo, no autorizado en el PORN de 2008.

18 de Mayo de 2012

Federación Provincial de Ecologistas en Acción Almería
Asociación de Amigos del Parque Natural de Cabo de Gata-Níjar

jueves, 26 de abril de 2012

Vídeo y manifiesto para el Cortijo del Fraile

 

MANIFIESTO DEL LUGAR DE BODAS DE SANGRE
 
En el lugar de Bodas de Sangre, o Cortijo del Fraile, alucinado paisaje del rojo mineral, oro de la memoria, desolación de los olvidos y derrumbe total de la ignominia, álcese para siempre esta bandera negra, clavada a modo de reprobación, en el centro mismo del alma herida del Parque Natural Cabo de Gata-Níjar.

Tras décadas de reivindicaciones (manifiestos, visitas, escritos, exigencias, reuniones, actos, entrevistas, cartas, libros, películas e imágenes) nada ha servido, nada, para detener la ruina y el abandono degradante, que guerreaban con violencia sobre el lugar universal (ahora ya fuente agonizante) del teatro de Lorca.

Es hoy, sin remedio, un desplome imparable de arcos y de muros, un gran corral en donde el tiempo reúne la bajeza del abandono y el desprecio; lugar de humillación de la cultura, vergüenza abierta al mundo, imagen de fracaso, que se reparten, por igual, políticos menguados e incapaces. 
 
Vedlo aquí, rodeado por una cinta y un lazo, como el regalo de la devastación y el hundimiento de un patrimonio rozado por la muerte. 

Acaso venimos a llorar un legado, que huye de prisa hacia una encrucijada, donde la desmemoria dispara a bocajarro. 

Coinciden en el tiempo la publicación de “Romancero Gitano” y, el suceso que originó “Bodas de Sangre”, en este mismo espacio, de una intensa belleza y una fuerza palpable de la tierra: ochenta años han pasado por las escaleras, pesebres, arcos, aljibes, hornos y techumbres del Cortijo del Fraile. Mirad las señales de la mordedura feroz de los años pero, sobre todo, leed lo que hay escrito por sus paredes desplomadas: cómo se le ha grabado la desidia y el menosprecio de quienes estaban llamados a cuidarlo y protegerlo, y no lo hicieron. Una nueva tragedia se ofrece a los ojos del lector, la tejida por las manos improductivas de políticos vacíos de alma y de sustancia: una desgracia que engendra la decepción y el sufrimiento.

A los ochenta años de la boda frustrada y la huida dramática, nos reúne aquí el deseo manifiesto – que salta mares y fronteras- de exigir la inmediata reconstrucción, restauración y dignificación de este edificio del siglo XVIII, para convertirlo en el Museo del Parque Natural y en el gran centro de la cultura universal que, Federico García Lorca, Carmen de Burgos y nuestra provincia, merecen.
Esta bandera negra, que señala a personas y a instituciones, al tumulto de los incapaces, nos pide una clara conciencia vigilante, para denunciar ante la UNESCO la grave situación del patrimonio en nuestra tierra.
          
Texto de Juan José Ceba,
27 de abril de 2008.
 Vídeo de David Aguirre Duport, 3 de marzo de 2012

Plataforma en Defensa del Parque Natural de Cabo de Gata-Nijar

Organizaciones convocantes: Ecologistas en Acción Almería, Amigos de la Alcazaba Almeria, IU, Asociación de Amigos del Parque Natural de Cabo de Gata-Níjar, EQUO, Grupo Ecologista Mediterráneo) 

viernes, 20 de abril de 2012

Proyección del vídeo realizado en el Cortijo del Fraile

Proyección del vídeo realizado en el Cortijo del Fraile el Miércoles 25 de Mayo a las 20,00 horas en el edificio de la Casa de las Mariposas (Puerta de Purchena-Almería).
















Desde la Plataforma en Defensa del Parque Natural Cabo de Gata-Níjar estamos organizando una serie de actos lúdicos reivindicativos en el 25 Aniversario desde la protección de Cabo de Gata-Níjar.

La primera acción fue una protesta simbólica en el Cortijo del Fraile donde grabamos escenas de la Obra de Teatro de Bodas de Sangre de Federico García Lorca. Alrededor de 500 personas participaron en el rodaje de las escenas lorquianas.

El director David Aguirre Duport ha realizado un video completo con todas las escenas grabadas. Queremos convocaros a todas las personas interesadas a la presentación del vídeo para el próximo Miércoles 25 de Mayo a las 20,00 horas en el edificio de la Casa de las Mariposas (Puerta de Purchena-Almería).

No es necesario inscribirse, la asistencia será gratuita hasta completar aforo .

Esperamos vuestra participación en dicho acto emotivo para denunciar el mal estado de conservación del Patrimonio Histórico- Cultural del Parque Natural de Cabo de Gata-Nijar y resaltar sus enormes valores históricos.

Esperamos vuestra participación.

Plataforma en Defensa del Parque Natural de Cabo de Gata-Nijar

Organizaciones convocantes: Ecologistas en Acción Almería, Amigos de la Alcazaba Almeria, IU, Asociación de Amigos del Parque Natural de Cabo de Gata-Níjar, EQUO, Grupo Ecologista Mediterráneo)


viernes, 30 de marzo de 2012

Nada impide demoler el Algarrobico

Ecologistas en Acción señala que tras la sentencia del Tribunal Supremo que confirma la ilegalidad del hotel del Algarrobico ya no hay obstáculo para su demolición. Es más, la legalidad urbanística obliga a que esta demolición se produzca. Ya no hay posibilidad de más excusas.

En sentencia de fecha 21 de marzo de 2012, notificada ayer a las partes, la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo ha desestimado el recurso presentado por el Ayuntamiento de Carboneras contra la sentencia de la Audiencia Nacional que fijaba la servidumbre de protección en 100 metros. Con esta sentencia firme del Tribunal Supremo, la mitad del hotel, la que invade la servidumbre de protección, está condenada de forma irreversible a ser demolida.

Ya ninguna otra sentencia de ningún otro juzgado o tribunal podrá desdecir al Tribunal Supremo y afirmar que la servidumbre de protección, donde no está permitido construir, es inferior a los 100 metros. Con esta sentencia del Tribunal Supremo las tres administraciones –Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, Junta de Andalucía y Ayuntamiento de Carboneras– están obligadas a restablecer la legalidad urbanística y proceder a la demolición de este inmueble ilegal e ilegalizable.

Para Ecologistas en Acción las administraciones ya no pueden seguir afirmando que esperan a que la justicia se pronuncie de una forma definitiva. Con esta sentencia, los tribunales ya han dicho definitivamente que el hotel es ilegal y por tanto ahora solo resta que las administraciones cumplan la sentencia. Al Ministerio, a la Junta de Andalucía y al propio Ayuntamiento se le han acabado las excusas para seguir sin actuar, justificando su ineptitud, cuando no manifiesta complicidad con este atentado contra el paisaje, el Parque Natural y la legalidad vigente. Tienen que derribar este macrohotel sin más demoras.

El Alcalde de Carboneras ya ha manifestado que seguirá esperando más resoluciones judiciales (¿cuantas necesita para enterarse de que el hotel es ilegal e ilegalizable?), cuando su obligación es declarar ilegal la licencia de obras del hotel y modificar el PGOU donde el Algarrobico todavía figura como urbanizable sobre la base de que el consistorio ha interpretado un auto del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) en sentido contrario a lo que en él se dice. Este auto del TSJA, ratificado también por el Tribunal Supremo, afirma que el Algarrobico es espacio protegido no urbanizable y sin embargo el Ayuntamiento ha interpretado que el TSJA y el Supremo afirman lo contrario, que el Algarrobico es urbanizable, y así lo ha clasificado en el PGOU.

Hasta la propia Consejería de Medio Ambiente ha tenido que reconocer la ilegalidad de intentar modificar los planos del Plan de Ordenación de Recursos Naturales del Parque Natural Cabo de Gata-Níjar para permitir la urbanización de este paraje y, en cumplimiento de la sentencia del TSJA, ha vuelto a proteger estos terrenos como no urbanizables.

Para Ecologistas en Acción, si el Ministerio Fiscal tomara medidas contundentes en el asunto del Algarrobico, el Ayuntamiento de Carboneras cumpliría las resoluciones judiciales y no actuaría con la impunidad con la que lo hace ahora. Ya ha pasado mucho tiempo consintiendo una situación claramente ilegal. Es hora de ponerle remedio y demoler este símbolo del urbanismo especulativo en nuestro litoral.

Ecologistas en Acción

martes, 27 de marzo de 2012

Sentencia del Tribunal Supremo contra el hotel del Algarrobico

El hotel de El Algarrobico contraviene la Ley de Costas según el Tribunal Supremo.

TELEPRENSA.- La Sala Tercera de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo (TS) ha fallado contra el hotel del Algarrobico. El Alto Tribunal ha determinado que estas instalaciones violan la Ley de Costas invadiendo de forma parcial la zona de servidumbre del dominio marítimo-terrestre.

El pasado siete de marzo, el Supremo sometió a votación el recurso de casación interpuesto por el Ayuntamiento de Carboneras contra la sentencia de la Audiencia Nacional (AN) de 2008 que establecía que parte del inmueble podría ser objeto de demolición.

La AN había considerado conforme a derecho la orden ministerial de 2005 que ampliaba en cien la zona de servidumbre en el paraje de El Algarrobico

El Supremo desestima los cuatro motivos de casación presentados por el Ayuntamiento de Carboneras, por los siguientes motivos:

Entiende que el Ayuntamiento debió proceder, una vez en vigor la Ley de Costas, a revisar el Plan Parcial, en cuyo ámbito “no se había producido desarrollo urbanístico alguno”, para ajustarlo, en cuanto a la anchura de la servidumbre de protección, a los preceptos de la Ley, lo que habría conducido “inexorablemente” a establecer una anchura de servidumbre de protección de cien metros y no de los cincuenta del Plan Parcial; “con lo que habría sido la actuación de la Administración urbanística municipal la que habría generado inseguridad jurídica”.

Aunque coincide con el Consistorio en que la Dirección General de Costas cayó en la desatención al no promover la revisión del Plan Parcial de este sector, afirma que “no es razón para incumplir lo establecido en la propia Ley de Costas. Recuerda el TS en este sentido que dicho Plan Parcial no fue revisado después de la entrada en vigor de esta Ley y que, aún cuando se considere que eso ocurrió con la aprobación definitiva en 1998 de las Normas Subsidiarias, tampoco fue aprobado por la Comisión de Urbanismo el Proyecto de Urbanización de este sector.

Además, el Supremo asegura que a pesar de que Costas informó favorablemente la revisión de las Normas Subsidiarias, esto “no resta un ápice al deber legalmente impuesto de adaptar las disposiciones de planeamiento urbanístico a lo previsto en la Ley de Costas, sino que “tal circunstancia sólo revela un proceder irrespetuoso con lo dispuesto” en ésta.

Por último, recuerda que cuando la administración urbanística se abstiene “deliberadamente” de adaptar el planeamiento a lo dispuesto en la Ley de Costas, la Administración del Estado, no invade la esfera competencial de ésta, al fijar la anchura de la servidumbre de protección conforme a esta legislación.

> descargar la sentencia del Tribunal Supremo en PDF