viernes, 20 de abril de 2012

Proyección del vídeo realizado en el Cortijo del Fraile

Proyección del vídeo realizado en el Cortijo del Fraile el Miércoles 25 de Mayo a las 20,00 horas en el edificio de la Casa de las Mariposas (Puerta de Purchena-Almería).
















Desde la Plataforma en Defensa del Parque Natural Cabo de Gata-Níjar estamos organizando una serie de actos lúdicos reivindicativos en el 25 Aniversario desde la protección de Cabo de Gata-Níjar.

La primera acción fue una protesta simbólica en el Cortijo del Fraile donde grabamos escenas de la Obra de Teatro de Bodas de Sangre de Federico García Lorca. Alrededor de 500 personas participaron en el rodaje de las escenas lorquianas.

El director David Aguirre Duport ha realizado un video completo con todas las escenas grabadas. Queremos convocaros a todas las personas interesadas a la presentación del vídeo para el próximo Miércoles 25 de Mayo a las 20,00 horas en el edificio de la Casa de las Mariposas (Puerta de Purchena-Almería).

No es necesario inscribirse, la asistencia será gratuita hasta completar aforo .

Esperamos vuestra participación en dicho acto emotivo para denunciar el mal estado de conservación del Patrimonio Histórico- Cultural del Parque Natural de Cabo de Gata-Nijar y resaltar sus enormes valores históricos.

Esperamos vuestra participación.

Plataforma en Defensa del Parque Natural de Cabo de Gata-Nijar

Organizaciones convocantes: Ecologistas en Acción Almería, Amigos de la Alcazaba Almeria, IU, Asociación de Amigos del Parque Natural de Cabo de Gata-Níjar, EQUO, Grupo Ecologista Mediterráneo)


viernes, 30 de marzo de 2012

Nada impide demoler el Algarrobico

Ecologistas en Acción señala que tras la sentencia del Tribunal Supremo que confirma la ilegalidad del hotel del Algarrobico ya no hay obstáculo para su demolición. Es más, la legalidad urbanística obliga a que esta demolición se produzca. Ya no hay posibilidad de más excusas.

En sentencia de fecha 21 de marzo de 2012, notificada ayer a las partes, la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo ha desestimado el recurso presentado por el Ayuntamiento de Carboneras contra la sentencia de la Audiencia Nacional que fijaba la servidumbre de protección en 100 metros. Con esta sentencia firme del Tribunal Supremo, la mitad del hotel, la que invade la servidumbre de protección, está condenada de forma irreversible a ser demolida.

Ya ninguna otra sentencia de ningún otro juzgado o tribunal podrá desdecir al Tribunal Supremo y afirmar que la servidumbre de protección, donde no está permitido construir, es inferior a los 100 metros. Con esta sentencia del Tribunal Supremo las tres administraciones –Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, Junta de Andalucía y Ayuntamiento de Carboneras– están obligadas a restablecer la legalidad urbanística y proceder a la demolición de este inmueble ilegal e ilegalizable.

Para Ecologistas en Acción las administraciones ya no pueden seguir afirmando que esperan a que la justicia se pronuncie de una forma definitiva. Con esta sentencia, los tribunales ya han dicho definitivamente que el hotel es ilegal y por tanto ahora solo resta que las administraciones cumplan la sentencia. Al Ministerio, a la Junta de Andalucía y al propio Ayuntamiento se le han acabado las excusas para seguir sin actuar, justificando su ineptitud, cuando no manifiesta complicidad con este atentado contra el paisaje, el Parque Natural y la legalidad vigente. Tienen que derribar este macrohotel sin más demoras.

El Alcalde de Carboneras ya ha manifestado que seguirá esperando más resoluciones judiciales (¿cuantas necesita para enterarse de que el hotel es ilegal e ilegalizable?), cuando su obligación es declarar ilegal la licencia de obras del hotel y modificar el PGOU donde el Algarrobico todavía figura como urbanizable sobre la base de que el consistorio ha interpretado un auto del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) en sentido contrario a lo que en él se dice. Este auto del TSJA, ratificado también por el Tribunal Supremo, afirma que el Algarrobico es espacio protegido no urbanizable y sin embargo el Ayuntamiento ha interpretado que el TSJA y el Supremo afirman lo contrario, que el Algarrobico es urbanizable, y así lo ha clasificado en el PGOU.

Hasta la propia Consejería de Medio Ambiente ha tenido que reconocer la ilegalidad de intentar modificar los planos del Plan de Ordenación de Recursos Naturales del Parque Natural Cabo de Gata-Níjar para permitir la urbanización de este paraje y, en cumplimiento de la sentencia del TSJA, ha vuelto a proteger estos terrenos como no urbanizables.

Para Ecologistas en Acción, si el Ministerio Fiscal tomara medidas contundentes en el asunto del Algarrobico, el Ayuntamiento de Carboneras cumpliría las resoluciones judiciales y no actuaría con la impunidad con la que lo hace ahora. Ya ha pasado mucho tiempo consintiendo una situación claramente ilegal. Es hora de ponerle remedio y demoler este símbolo del urbanismo especulativo en nuestro litoral.

Ecologistas en Acción

martes, 27 de marzo de 2012

Sentencia del Tribunal Supremo contra el hotel del Algarrobico

El hotel de El Algarrobico contraviene la Ley de Costas según el Tribunal Supremo.

TELEPRENSA.- La Sala Tercera de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo (TS) ha fallado contra el hotel del Algarrobico. El Alto Tribunal ha determinado que estas instalaciones violan la Ley de Costas invadiendo de forma parcial la zona de servidumbre del dominio marítimo-terrestre.

El pasado siete de marzo, el Supremo sometió a votación el recurso de casación interpuesto por el Ayuntamiento de Carboneras contra la sentencia de la Audiencia Nacional (AN) de 2008 que establecía que parte del inmueble podría ser objeto de demolición.

La AN había considerado conforme a derecho la orden ministerial de 2005 que ampliaba en cien la zona de servidumbre en el paraje de El Algarrobico

El Supremo desestima los cuatro motivos de casación presentados por el Ayuntamiento de Carboneras, por los siguientes motivos:

Entiende que el Ayuntamiento debió proceder, una vez en vigor la Ley de Costas, a revisar el Plan Parcial, en cuyo ámbito “no se había producido desarrollo urbanístico alguno”, para ajustarlo, en cuanto a la anchura de la servidumbre de protección, a los preceptos de la Ley, lo que habría conducido “inexorablemente” a establecer una anchura de servidumbre de protección de cien metros y no de los cincuenta del Plan Parcial; “con lo que habría sido la actuación de la Administración urbanística municipal la que habría generado inseguridad jurídica”.

Aunque coincide con el Consistorio en que la Dirección General de Costas cayó en la desatención al no promover la revisión del Plan Parcial de este sector, afirma que “no es razón para incumplir lo establecido en la propia Ley de Costas. Recuerda el TS en este sentido que dicho Plan Parcial no fue revisado después de la entrada en vigor de esta Ley y que, aún cuando se considere que eso ocurrió con la aprobación definitiva en 1998 de las Normas Subsidiarias, tampoco fue aprobado por la Comisión de Urbanismo el Proyecto de Urbanización de este sector.

Además, el Supremo asegura que a pesar de que Costas informó favorablemente la revisión de las Normas Subsidiarias, esto “no resta un ápice al deber legalmente impuesto de adaptar las disposiciones de planeamiento urbanístico a lo previsto en la Ley de Costas, sino que “tal circunstancia sólo revela un proceder irrespetuoso con lo dispuesto” en ésta.

Por último, recuerda que cuando la administración urbanística se abstiene “deliberadamente” de adaptar el planeamiento a lo dispuesto en la Ley de Costas, la Administración del Estado, no invade la esfera competencial de ésta, al fijar la anchura de la servidumbre de protección conforme a esta legislación.

> descargar la sentencia del Tribunal Supremo en PDF

lunes, 12 de marzo de 2012

Recurso por inactividad en el Cortijo del Fraile

Ecologistas interponen un recurso contra el Ayuntamiento de Níjar por inactividad en el Cortijo del Fraile:

La Asociación de Amigos del Parque Natural de Cabo de Gata-Níjar, ha interpuesto un recurso contencioso-administrativo contra el Ayuntamiento de Nijar por inactividad en materia de disciplina urbanística en relación al Cortijo del Fraile. El pasado 26 de Septiembre, presentamos un recurso administrativa dirigido al Alcalde de Níjar instándole a que adoptara todas las medidas pertinentes conforme a las competencias locales en urbanismo para instar a los propietarios del inmueble histórico con las obligaciones en materia de patrimonio histórico.

El Cortijo del Fraile, declarado este año como Bien de Interés Cultural (BIC) con la tipología de Sitio Histórico y ubicado en pleno Parque Natural Cabo de Gata-Níjar. Este inmueble tienes unos valores históricos y sentimentales sin precedentes, al ser uno de los escenarios de las Bodas de Sangre de la obra de Federico García Lorca. Incluso está considerado como un lugar Lorquiano. El Inmueble histórico se encuentra en un estado de abandono total y expolio deplorable, incluso hay algunas partes que han derrumbado por su avanzado estado de deterioro. Las condiciones actuales del edificio, suponen un propio peligro para la estabilidad del edificio, esto supone un riesgo para los propios ciudadanos que suelen visitar el inmueble y para la propia conservación de sus valores históricos. Consideremos que estos hechos son contrarios a la normativa urbanística y protección del patrimonio histórico que establecen expresamente las obligaciones y competencias que deben cumplir tanto propietarios como administraciones para garantizar una adecuada conservación de los valores históricos del patrimonio histórico de Andalucía.

Consideramos que el Ayuntamiento de Níjar tiene competencias en materia urbana para instar a los propietarios de bienes inmuebles que tenga algún grado de protección para que cumplan con las obligaciones en materia de conservación, rehabilitación y ornato urbano. De oficio se puede dictar ordenes de conservación que puede ejecutar mediante multas coercitivas y ejecución subsidiaria. No entendemos como todavía el Ayuntamiento no ha abierto un expediente de disciplina urbanística al propietario por sus reiterados incumplimientos. Incluso esta incumplimiento los acuerdos plenarios adoptados en el pleno de 25 de Septiembre, donde las fuerzas políticas del PP, PA y IU, con la abstención del PSOE, acordaron que el Ayuntamiento de Níjar estudiaría la viabilidad de abrir un expediente de disciplina urbana a los propietarios del Cortijo del Fraile por sus reiterados incumplimientos en materia de patrimonio histórico.

Desde Amigos del Parque Natural de Cabo de Gata-Nijar, somos conscientes que la Junta de Andalucía tiene competencias directas sobre la conservación del patrimonio historico en Andalucía, incluso ha abierto un expediente disciplinario al propietario por no presentar un proyecto de rehabilitación. Hemos intentando acceder a dicha información, dado que es información publica y solo hemos recibido trabas administrativas, lo que denota que la Consejeria de Cultura no esta adoptando todas las medidas establecidas en la ley , para conseguir que los propietarios cumplan con sus obligaciones.

Estamos estudiando la viabilidad de poner una queja ante la defensoria del pueblo andaluz.

Por ultimo, en el anuncio del recurso de inactividad administrativa contra el Ayuntamiento de Nijar en materia de disciplina urbana en el Cortijo del Fraile hemos pedido la adopción de medidas cautelares. Entre las peticiones, pendientes de resolución judicial, hemos instando a que el Ayuntamiento adopte todas las medidas provisionales necesarias para garantizar la estabilidad y valores históricos del Cortijo del Fraile.

10 de Marzo 2012

Asociación Amigos del Parque Natural de Cabo de Gata-Nijar

miércoles, 22 de febrero de 2012

Actividad teatral y musical en el Cortijo del Fraile

El sábado 3 de Marzo actuación teatral y musical en el Cortijo del Fraile organizada por la Plataforma en defensa del Parque Natural de Cabo de Gata-Níjar para denunciar el estado de abandono y expolio del patrimonio histórico.


















Desde la Plataforma en defensa del Parque Natural de Cabo de Gata-Níjar compuesta por Ecologistas en Acción Almería , Grupo Ecologista Mediterráneo, Equo, Asociación de Amigos del Parque Natural de Cabo de Gata-Nijar, Asociación de Amigos de la Alcazaba e Izquierda Unida vamos a organizar una serie de actividades dentro del 25 Aniversario Alternativo del Parque Natural de Cabo de Gata-Níjar.

La primera actividad será en próximo Sábado 3 de Marzo en el Cortijo del Fraile. Queremos denunciar el estado de abandono y expolio del patrimonio histórico sito dentro del espacio natural de Cabo de Gata, destacando por sus enormes valores históricos singulares. Son bien conocidos el estado de abandono del Castillo de San Pedro, Torre de Los Alumbres y Villa Turística de Rodalquilar.

La actividad lúdica se enmarca dentro del 75 Aniversario de Bodas de Sangre de Federico Garcia Lorca, se organizará una pequeña actuación teatral y musical de Nanas de Bodas de Sangre. Contaremos con la colaboración de diversos poetas como José Ceba y artistas como Sensi Falan. La actividad se realizará en el camino de servidumbre pública que colinda con el edificio del Cortijo del Fraile, respetando en todo momento el perímetro y precinto de seguridad.

Empezaremos sobre las 19,00 horas, se ruega que todos los asistentes dejen sus coches en el núcleo urbano de los Albaricoques para evitar congestiones de trafico en el entorno del Cortijo del Fraile. Desde la organización fletaremos autobuses para que todos los asistentes se puedan desplazar. Se ruega estar sobre las 18,00 en los Albaricoques para organizar los autobuses.

También se van a fletar autobuses desde la ciudad de Almería, saldrán desde el Auditorio Maestro Padilla a partir de las 17,00 horas. Sera obligatoria la inscripción en las siguientes direcciones de correo electrónico : asociacion@cabodegata.net y amigosdelaacazaba@yahoo.es . Se ruega poner nombre y apellidos y teléfono de contacto. El aforo de los autobuses será hasta completa establecido por orden de inscripción.

Rogamos a todos los asistentes que lleven vestimenta negra como camisetas, gorros y similares porque vamos a necesitar la colaboración del público para realizar la actuación teatral. También será necesaria una pequeña linterna.

Para más información podéis visitar las siguientes web donde colgaremos los manifiestos y comunicados de la plataforma : www.cabodegata.net, www.amigosdealalcazaba.org y grupo de facebook "PLATAFORMA EN DEFENSA DEL PARQUE NATURAL DE CABO DE GATA-NIJAR".

Esperamos vuestra participación.


PLATAFORMA EN DEFENSA DEL PARQUE NATURAL DE CABO DE GATA-NIJAR.

Amigos de la Alcazaba – Ecologistas en Acción – Grupo Ecologista Mediterráneo – EQUO – Asociación de Amigos del Parque Natural de Cabo de Gata-Nijar – IU

martes, 21 de febrero de 2012

Plataforma por la conservación del Parque Natural de Cabo de Gata Níjar

Manifiesto de constitución de la "Plataforma por la conservación del Parque Natural de Cabo de Gata Níjar"





Veinticinco años después de la declaración del Parque Natural de Cabo de Gata, si bien hay que reconocer que esta declaración ha servido para alejar de la zona grandes proyectos urbanísticos, y para que la sociedad tome conciencia de la importancia de este espacio, no se puede decir que la situación del Parque sea la que correspondería a un espacio con estas características y valores.

Las distintas administraciones, Ayuntamientos, Junta de Andalucía y Gobierno Central, parecen empeñadas en mirar para otro lado y no ver los numerosos atentados que ponen en peligro los valores naturales del Parque.

Además, la declaración de Parque ha supuesto que gran parte de la presión especuladora que se centraba en el Parque se desplace a su entorno más inmediato, y vemos como proliferan atentados en su entorno. Así vemos en los límites del Parque como a urbanizaciones con más o menos éxito, como por ejemplo Rambla Macenas en Mojácar, o El Toyo Retamar, se suman nuevos proyectos, de más que dudosa viabilidad, como las urbanizaciones previstas en Hoya Altica, La Boca de los Frailes o el Nazareno. Presión urbanística a la que hay que sumar nuevas transformaciones en regadío y la construcción de invernaderos

Pero lo anterior no quiere decir que la presión haya desaparecido del interior del Parque.

Todavía quedan ejemplos de un modelo desarrollista obsoleto y causante, en parte, de la crisis que padecemos. Al disparate del Hotel del Algarrobico, hay que sumar proyectos o actuaciones que no se deberían de permitir en un Parque como los proyectos de Urbanización de Las Negras, o de la Fabriquilla, por citar dos ejemplos, sobre los cuales aún no se ha tomado una decisión definitiva y que suponen una espada de Damocles sobre la integridad del Parque.

La falta de recursos para la conservación, tanto del Patrimonio Natural como del Histórico, genera una imagen que no se debería de producir en un espacio tan emblemático, del que se podría decir que hoy en día es una de las imágenes mas conocidas de la provincia. El Cortijo del Fraile, El Castillo de San Pedro, la Torre de los Alhumbres,… se están cayendo sin que se haga nada por evitarlo. Junto a esta dejadez hay que señalar como equipamientos públicos como los de Rodalquilar se encuentran infrautilizados, pese a las cuantiosas inversiones que se han realizado de dinero público.

Es difícil de explicar cómo después de su declaración se han permitido nuevas explotaciones a cielo abierto, como la de oro de St. Joe en el Cerro del Cinto, hoy abandonada, pero que nos ha dejado la balsa de lixiviados contaminada que se usaba para separar el oro del mineral, o la instalación de una piscifactoría que tiene claros efectos negativos sobre la pradera de Posidonia, por no hablar de las explotaciones que todavía quedan o los restos de las que ya habían sido abandonadas, pero que no se acaban de restaurar.

Cuando todavía podemos contemplar la herida causada en el paisaje por la carretera costera que comenzó la Diputación entre el Cabo y San José, aún hay instituciones que se plantean llevar las carreteras a todas las playas del Parque, sin tener en cuenta el impacto y la masificación que eso supondría sobre este valioso y frágil espacio. O pretenden ampliar el Puerto de San José sin apenas considerar el impacto que esto supondría sobre la zona marina del Parque.

Todavía quedan numerosas ocupaciones del dominio público que parece que las distintas Administraciones se niegan a ver, vehículos a motor que transitan fuera de los caminos sin que pase nada, …

Podríamos seguir haciendo una relación de cómo en veinticinco años hay muy poco que celebrar y mucho que hacer para garantizar que este espacio se proteja.











Hemos convocado esta rueda de prensa, en este lugar, el Toyo, porque consideramos que es un lugar en el que se puede observar a que conduce una mala planificación del territorio hecha teniendo en cuenta únicamente el interés de los especuladores y constructores y dejando de lado los interese de la sociedad, que al final es la que acaba pagando tanto económica como ambientalmente estos desaguisados.

Una urbanización que se creó, y se construyó en una pequeña parte cuando los Juegos Mediterráneos, hoy en día está prácticamente sin desarrollar. Hoteles cerrados la mayor parte del año, campo de golf infrautilizado, y pese a este fracaso todavía hay quien quiere hacer más “desarrollos” como este. Solo hay que ver como está Macenas o muchas urbanizaciones vacías o sin apenas ocupantes por toda la geografía provincial. Ante tales desaguisados alguien debería plantarse cuanto debería de crecer la población de la provincia, o cuantos turistas o jubilados europeos deberían de venir para poder usar todas las viviendas construidas y plazas hoteleras creadas, y a lo mejor se dan cuenta del inmenso error y del coste que ha supuesto esta forma de dejar hacer a constructores y especuladores, con la colaboración de los políticos que dicen que nos representan, pero que a la hora de reunirse y consultar lo hacen solo con constructores y especuladores dejando de lado al resto de la sociedad, parece que hemos vuelto a un nuevo despotismo, aunque en esta ocasión nos da la impresión de que más bien sin ilustrar.

Como almerienses, no es este el modelo de planificación del territorio que queremos, un modelo con unos elevados costes ambientales y sociales, que consumen recursos económicos que utilizados para otras cosas, como para mejorar la sanidad o el poder adquisitivo de las pensiones serían mucho más rentables socialmente y que nos dejan un territorio con un paisaje destrozado y unos valores ambientales cada vez más deteriorados.

Las actuaciones que se están llevando a cabo, tanto dentro como en el entorno del Parque Natural de Cabo de Gata Níjar y la tolerancia y permisividad que manifiestan las distintas Administraciones con actividades potencialmente peligrosas para la conservación del Parque, ha llevado a nuestras asociaciones a constituir una plataforma con la finalidad de llamar la atención sobre los peligros que se ciernen para la conservación de un espacio tan frágil y singular. En este sentido se irán realizando una serie de acciones en las que esperamos que participen el mayor número de personas posibles y sirvan para que la sociedad tome conciencia de los peligros que aún se ciernen sobre este espacio y a la vez para que las distintas Administraciones se impliquen de una vez por todas y se tomen en serio la conservación de este espacio.

La primera de las actuaciones prevista es esta rueda se prensa que en breve será seguida por un acto en El Cortijo del Fraile, escogido como ejemplo para llamar la atención sobre el grado de deterioro al que está llegando este singular lugar y exigir a las Administraciones que tomen medidas efectivas para su restauración y conservación, aunque somos conscientes de que los males que afectan a este monumento son los mismos que podemos observar en muchos otros. Hay otras actuaciones previstas, que en el momento en que se vayan concretando y poniendo fecha se pondrán en conocimiento de la sociedad, de la que esperamos una amplia participación.

Almería, 20 de enero de 2012

Amigos de la Alcazaba
Asociación de Amigos del Parque Natural de Cabo de Gata Níjar
Ecologistas en Acción
Equo
Grupo Ecologista Mediterráneo
Izquierda Unida

martes, 17 de enero de 2012

Más alegaciones contra la urbanización del Nazareno

Ecologistas de Almería presentan alegaciones contra el proyecto del Nazareno.

ALMERÍA.- La Federación Provincial de Ecologistas en Acción Almería y Asociación Amigos del Parque Natural de Cabo de Gata-Nijar han presentado alegaciones "contra el proyecto especulativo de interés turístico" sito en el Paraje del Nazareno en el termino municipal de Nijar, ubicado en los limites del Parque Natural de Cabo de Gata-Nijar. Los ecologistas han remitido escritos al Ayuntamiento de Nijar, Delegación Provincial de Obras Publicas y Vivienda y Delegación Provincial de Medio Ambiente. El texto de las alegaciones es el siguiente:

PRIMERO: Autorizar una modificación en el planeamiento urbano para promocionar 2500 viviendas, 1000 plazas hoteleras y un campo de golf con 27 hoyos en una zona de amortiguación natural del Parque Natural de Cabo de Gata-Njar es un aberración contra la conservación del medio ambiente , la ciudad compacta y mediterránea y el desarrollo sostenible. Entendemos que esta alteración legal del planeamiento urbano no atiende al interés general sino a satisfacer unas pretensiones especulativas , dado que no existe una justificación social ni ambiental para autorizar este macro proyecto turístico..

Según lo establecido en el Estudio de Impacto Medioambiental, la modificación afectaría a varios hábitats prioritarios y exclusivos (Pagina 58 – listado de Habitas naturales afectados) Según la Ley de Patrimonio Natural y Biodiversidad, se establece que toda transformación o alteración de los valores de la zona, debe haber un informe favorable de la Comisión europea, que autorice este tipo de actividad. La modificación no hace mención a este informe y por lo tanto no existe una motivación para que se puedan producir esta transformación de suelo para fines residenciales y turísticos.

La normativa estatal establece lo siguiente:

Art.6 En caso de que el lugar considerado albergue un tipo de hábitat natural y/o una especie prioritaria, señalados como tales en los anexos I y II, únicamente se podrán alegar las siguientes consideraciones:
a) Las relacionadas con la salud humana y la seguridad pública.
b) Las relativas a consecuencias positivas de primordial importancia para el medio ambiente.
c) Otras razones imperiosas de interés público de primer orden, previa consulta a la Comisión Europea.
7. La realización o ejecución de cualquier plan, programa o proyecto que pueda afectar negativamente a especies incluidas en los anexos II o IV que hayan sido catalogadas como en peligro de extinción, únicamente este se podrá llevar a cabo cuando, en ausencia de otras alternativas, concurra alguna de las causas citadas en el apartado anterior. La adopción de las correspondientes medidas compensatorias se llevará a cabo conforme a lo previsto en el apartado 5.

Por lo tanto esta clasificación de zona urbana es incompatible con la protección y aplicación de la preservación de los habitas naturales protegidos por la ley de patrimonio natural.

SEGUNDO: Esta modificación también afecta al monte publico Consultada documentación propia, en la zona de estudio, existe un Monte Público que puede verse afectado por la actividad. Se trata del Monte Público “Marinas y Serratas” con código AL-70015-AY, propiedad municipal del Ayuntamiento.

La ley de montes de Andalucía 2/1992, por la que se establece que aquellas zonas se clasifiquen como monte publico deberán ser clasificadas como suelo no urbanizable. Esta legislación es de aplicación directa, debido a los valores ambientales establecidos para ser catalogado como monte publico, no parece que sea compatible la clasificación de este suelo como urbanizable con los valores ambientales existentes para su conservación y preservación.

En la ley de montes andaluza se establece que este suelo tendrá que tener un régimen de suelo no urbanizable y para que pueda ser compatible con los suelos urbanos. Deberá ser desclasificado como monte publico con un acuerdo del consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, con una motivación expresa. El articulo 21 establece lo siguiente:

Por su naturaleza jurídica los montes públicos pueden ser patrimoniales y de dominio público.
Serán de dominio público, los montes públicos que hayan sido afectados a un uso o servicio público o que lo sean por aplicación de una norma del Estado.
En el ámbito de la Comunidad Autónoma, tendrán el carácter de dominio público, además de los determinados en el párrafo anterior, aquellos montes que se vinculen a la satisfacción de intereses generales y, en concreto, a la protección y mejora de la calidad de vida y a la defensa y restauración del medio ambiente.
La afectación al dominio público se producirá por acuerdo específico del Consejo de Gobierno, previa instrucción de expediente, en el que, en todo caso, deberá ser oída la Entidad pública afectada y se acredite que el monte, por su estado actual o como consecuencia de su futura transformación, tenga alguna de las características o funciones siguientes:
Protección y conservación de los suelos, evitando su erosión.
Regulación de las alteraciones del régimen hídrico y defensa de tierras de cultivos, poblaciones, canalizaciones o vías de comunicación en las grandes avenidas.
Los que constituyan ecosistemas que permitan mantener determinados procesos ecológicos esenciales y la diversidad biológica o sirvan de refugio a la fauna silvestre.
Los que formen masas arbóreas naturales de especies autóctonas o matorrales de valor ecológico.
Los que signifiquen elementos importantes del paisaje.
En general, los terrenos forestales que contribuyan a la salud pública, mejora de las condiciones socioeconómicas de la zona o al ocio y esparcimiento de los ciudadanos.

Artículo 27.
Los montes de dominio público tendrán la consideración a efectos urbanísticos de suelo no urbanizable de especial protección.
Por lo tanto, la modificación es incompatible con la regulación ambiental establecida en la ley de montes, se debería producir una descatalogación como monte publico tras los oportunos tramites y oportunas justificaciones ambientales. Dicha descatolgación debe ser emitida por la Consejeria de Medio Ambiente, tras una oportuna justificativo ambiental que determine que ese suelo ha perdido los valores forestales que han sido objetivo de su protección .

TERCERO: Esta modificación puntual pretende crear un núcleo urbano, disperso y difuso lo que contraviene establecidos en los criterios de sostenible urbana en la LOUA y POTA. Se establece que se deberán fomentar las ciudades compactas y evitar crear núcleos urbanos dispersos y difusos.

Crear una zona residencial y turística en una zona donde tenia un uso agrícola y forestal, no creemos que sea el mejor criterio en materia de sosteniblidad y ciudad compacta y mediterráneo.

En el plan de Ordenación del Territorio de Andalucía (POTA) se establece que el modelo territorial de la Comunidad Autónoma y cuyas previsiones singularmente las regidas al incremento urbanístico en relación al demográfico, manteniendo de un sistema territorial sostenible con preservación del medio natural e impedir o mitigar la dispersión de los núcleos de población, habrá de erigirse en parámetro y referencia ineludible de todo instrumento de planteamiento, inclusive, En la reservas de suelo establecidas para fines sociales como la promoción de vivienda de promoción publica (VPO) o algún tipo de vivienda sometida a un régimen de vivienda protegida, se debería de establecer un modelo de gestión que garantice y proporcionase un derecho a una vivienda digna. Se debería de establecer un parque de vivienda de propiedad municipal destinado al fomento del arrendamiento temporal para aquellas rentas mas bajas, donde se gestione desde el interés general el acceso a una vivienda libre. Este parque de vivienda deberá de contener todos los equipamientos básicos y dotaciones públicas para garantizar la habitabilidad del mismo. Se debe evitar la creación de guetos y estas reservas de suelo para este tipo de vivienda de propiedad publican, debe servir para dinamizar y rehabilitar las zonas desabitadas que se encuentra dentro en núcleos urbanos de como Campohermoso , El Barranque y Atochares , sitos en el termino municipal de Nijar.

Esta modificación puntual del planeamiento urbano también incrementaría la presión del trafico rodado en la zona. Seria necesario establecer un diagnostico y medidas correctas para evitar problemas de congestionó y trafico rodado. Es necesario aprobar un plan de Movilidad para el Parque Natural de Cabo de Gata y su entorno.

CUARTO : Esta modificación también contraviene las recomendaciones establecidas por expertos de la UAL, comité de Reserva de la Biosfera y borrador del POTUA donde se recomienda establecer una zona de amortiguación natural de 200 metros entorno al Parque Natural de Cabo de Gata-Nijar. Creemos que pretender masificar el entorno del parque natural con pelotazos urbanos no es la mejor forma de establecer una barrera natural. Estas recomendaciones vienen establecidas en el informe realizado por un comité de expertos en el comité de la Reserva de la Biosfera, dando que Cabo de Gata tiene este reconocimiento ambiental. El Ayuntamiento de Nijar debería tomarse en serio estas recomendaciones , si queremos mantener el parque natural en unas condiciones ambientales adecuadas

Creemos que se debe respetarlas recomendaciones del comité de experto de la Reserva de la Biosfera que determina la necesidad de establecer una zona de amortiguación en el entorno natural del espacio protegido de Cabo de Gata-Nijar. Consideramos que se debería promocionar una agricultura ecológica , una conservación del patrimonio histórico, mejora de la eficiencia energética del parque de vivienda existente y fomento de turismo rural verde en núcleos urbanos
consolidados como los Albaricoques, Rodalquilar y Ruescas.

También esta modificación del paisaje supone una vulneración de lo establecido en el Convenio Europeo del Paisaje, ratificado por España en el año 2007

QUINTO: La modificación puntual proyecta un campo de GOLF de 27 hoyos. La legislación sectorial en instalación de campos de golf en Andalucía , se deberán declarar de INTERES SOCIAL Y TURISTISCO. No tenemos constancia que el Ayuntamiento de Nijar, haya realizado dicha petición, dado que debe revisar el visto bueno de la Junta de Andalucía, para autorizar esta clasificación de suelo .

Entendemos que no existe una justificación económica ni social para autorizar la construcción de un campo de Golf , cuando el propio POTUA autoriza la construcción de unas instalaciones deportivas de golf en la zona de Hoya Altica y la urbanización del Toyo tiene un campo de golf que no llega a cubrir una demanda real para cubrir costes económicos. El Ayuntamiento de Nijar no debería omitir esta realidad económica y deberá a buscar formulas para ofertar un turismo sostenible y calidad, huyendo de modelos caducos como son el turismo de sol y campos de golf.

SEXTO: En materia hidrica esto supondría un aumento desmesurado del consumo de agua corriente y un problema acentuado en el tratamiento de aguas residuales, dado que existe un déficit y sobresaturación de las infraestructuras en materia de tratamiento de aguas residuales. También somos conscientes de la sobreexplotación del acuífero y la prohibición expresa de extracciones de aguas por riesgos de salinización. ¿Como pretende el Ayuntamiento de Nijar dar servicio de agua y tratamiento de las aguas residuales, con la falta de infraestructura y problemas hidricos existentes ?

La ley de aguas andaluza establece que no se podrán autorizar nuevos sondeos de aguas en los acuíferos declarados sobre explotados. Las previsiones demográficos aumentaran el consumo de agua , no existiendo un suministro de agua potable que pueda atender dicha demanda. ¿Pretende el Ayuntamiento de Nijar usar agua desalada de Carboneras para satisfacer este consumo hidrico?

SEPTIMO: Esta modificación que aumentara el suelo residencial y hotelero en el entorno del Parque Natural de Cabo de Gata-Nijar, supondrá un aumento de la contaminación acústica y lumínica. La legislación sectorial andaluza establece que las administraciones locales deberían fomentar políticas destinadas a disminuir los efectos negativos de la contaminación acusativo y lumínica, especialmente en las zonas especialmente sensibles como los espacios naturales protegidos. Se deberían establecer medidas para reducir los efectos negativos del intrusismo de luz artificial en las zonas naturales y el aumento de ruidos de origen humano que pueden perturbar la armonía natural del espacio protegido.

OCTAVO: Desde esta asociación queremos advertir al Ayuntamiento de Nijar que la catalogación como suelo urbanizable no sectorizado, supondrá incrementar la presión fiscal sobre los propietarios, dado que se le aplicaran el valor catrastal establecido en el I.B.I para los bienes urbanos. Esto podría generar problemas como los ocurridos en la Ensenada de San Miguel, en el termino municipal del Ejido, donde el Ayuntamiento del Ejido clasifico un macro proyecto urbano de similares términos en este antiguo espacio protegido y los propietarios no han podido soportar la presión fiscal dado que la ejecución del proyecto se demoro y finalmente no se ejecuto. El Ayuntamiento ha tenido que establecer exenciones y bonificaciones para solventar dicha situación. Entendemos, en caso de aprobarse este proyecto, con nuestro frontal rechazo, la demora en su ejecución podría generar un grave prejuicio social para los propietarios y una falta de ingresos previstos en los presupuestos municipales por vía de impuestos directos.

Por lo tanto
SOLICITO:
Se presente este escrito en tiempo y forma y se tengan por comunicadas esta alegaciones admitan contra la aprobación inicial del el expediente de modificación puntual n° 2085/20111 del Plan General de Ordenación Urbanística de Níjar, promovido por este Ayuntamiento y cuyo objeto es la revisión parcial del suelo urbanizable a suelo turístico en el sector en el Paraje Cambronero.

Ecologistas en Accion Almería
Amigos del Parque Natural de Cabo de Gata-Nijar