viernes, 16 de noviembre de 2012

Ecologistas rechazan la macrourbanización en La Fabriquilla

Asociación de Amigos del Parque Natural de Cabo de Gata-Nijar y Ecologistas en Acción-Almería quieren mostrar su rechazo a la reciente sentencia del Tribunal Supremo donde anula un auto del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía relativo a la urbanización de 150 viviendas en la zona de la Fabriquilla.

Manifestación en La Fabriquilla © MA



















La Sentencia del Tribunal Supremo acepta todas las pretensiones de los particulares y Ayuntamiento de Níjar que siguen mostrando su interés por especular con esos terrenos para construir una urbanización de lujo que estaría fuera de toda lógica y seria un autentico atentado contra la protección ambiental en el Parque Natural de Cabo de Gata-Níjar.

En 1997 los propietarios ganaron un juicio en el Supremo por lo que el Ayto de Níjar declaró los terrenos como urbanizables. Posteriormente, mediante el PORN de 2008, estos terrenos fueron declarados como B2, debido a sus altos valores ambientales. En junio de ese año el Ayuntamiento de Níjar denegó la aprobación provisional del plan parcial de la Fabriquilla porque no estaba de acuerdo con dicho PORN. El Ayuntamiento de Níjar simplemente tenía que cumplir con la legalidad vigente del PORN que establecía que dichos terrenos tenían unos valores ambientales incompatibles con el uso urbano.

Los propietarios solicitaron al TSJA que ejecutara la sentencia del Supremo de 1997 pero aquel lo denegó. Con el fallo hecho público esta semana, el Supremo obliga al TSJA a reanudar la ejecución de su sentencia anterior, que clasificaba el suelo apto para urbanizar. El objeto de la resolución judicial firme era que el procedimiento administrativo era adecuado porque se cambió la catalogación de los terrenos de la fase provisional a definitiva, obviando ciertos elementos esenciales que otorgan derechos urbanísticos a los propietarios. Sin embargo, la Sentencia no decía nada sobre la adecuación del PORN de 1994 que catalogaba esos terrenos como zona C1 al planeamiento de Níjar que clasificaba esos suelos como urbanos. La legislación ambiental vigente establecía que los Ayuntamientos deberían adaptar el planeamiento municipal de suelo a la normativa ambiental de espacios protegidos, en este caso el PORN de 1994.

La Junta de Andalucía aumentó la catalogación de los terrenos a zona B2, por lo que el uso urbanístico no era compatible. En definitiva, el fallo judicial daba unos derechos urbanísticos conforme a las NNSS pero obviando la normativa ambiental que es superior y directamente aplicable. Por lo tanto, las asociaciones ecologistas discrepan de la interpretación del Tribunal Supremo, y apoyan las acciones realizadas por la Junta de Andalucía ya que eran el camino adecuado para conseguir paralizar este proyecto especulativo que, de llevarse a cabo, tendrá unas consecuencias irreparables para la conservación y promoción de los valores ambientales en las salinas de Cabo de Gata-Níjar.

Se insta a la Junta de Andalucía y al Ayuntamiento de Níjar a que dejen claro que la sentencia a la que se hace referencia se basaba en las normas subsidiarias anteriores al nuevo PORN, el cual, lejos de ser un intento de eludir la citada sentencia, simplemente protege unos terrenos por su alto valor ecológico.

Amigos del Parque Natural de Cabo de Gata-Níjar y Ecologistas en Acción-Almería, estudiarán todas las vías legales y políticas para evitar que se construya esta urbanización de 150 viviendas en una zona con unos valores ambientales singulares y exclusivos en todo el territorio español, como son las Salinas de Cabo de Gata, corazón del Parque Natural.


Asociación de Amigos del Parque Natural de Cabo de Gata-Níjar
Ecologistas en Acción Almería

2 comentarios:

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  2. Me parece muy bien. Me adhiero. También me hubiese gustado que hubieran rechazado la sala de fiestas de San José. En fin...

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